La nueva Ley de Sucesiones 2025 introduce cambios de gran calado para herederos y donantes en España. Desde plazos más ágiles hasta exenciones autonómicas revisadas, estas novedades buscan modernizar el sistema hereditario, impulsar la planificación patrimonial y reducir litigios familiares.

Plazos y mediación obligatoria

El plazo máximo para aceptar o renunciar a una herencia se reduce de doce a seis meses, fomentando decisiones rápidas y evitando incertidumbres prolongadas. Además, se establece la mediación obligatoria cuando surjan conflictos entre herederos, antes de acudir a la vía judicial. Estos mecanismos facilitan acuerdos amistosos y alivian la carga de los juzgados en materia sucesoria.

Límites de exención y bonificaciones territoriales

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones mantiene su competencia gestionada por las comunidades autónomas, lo que genera notables diferencias en exenciones y bonificaciones. En 2025, destacan:

– Catalunya: exención para menores de 21 años en herencias de hasta 100.000 €.
– Asturias: umbral exento de 300.000 € para herederos directos.
– Galicia, Canarias, La Rioja, Murcia y Valencia: exención hasta 400.000 € para mayores de 21 años.
– Madrid: bonificación del 99 % para herederos directos, generando más de 130 M € de ahorro fiscal a cerca de 13.000 contribuyentes.
– Navarra: bonificación del 100 % para herencias de hasta 250.000 € en el grupo I y II de parentesco.

Conocer estos límites es esencial para optimizar la tributación según la residencia del heredero.

Incentivos a donaciones en vida

La reforma incluye sanciones reducidas y un régimen de incentivos para las donaciones en vida. Se amplían las bases exentas y se ofrecen deducciones fiscales directas cuando el donante sea mayor de 65 años y aporte bienes a familiares directos. Esta medida busca promover la transmisión anticipada de patrimonio y facilitar la jubilación ordenada de empresarios familiares.

Digitalización del proceso sucesorio

El Registro de Últimas Voluntades se integra en la plataforma telemática de la Administración, permitiendo:

– Consulta rápida de testamentos y últimas voluntades.
– Presentación y firma electrónica de liquidaciones sucesorias.
– Notificaciones automáticas a los interesados.

La digitalización acelera trámites, reduce costes notariales y mejora el control sobre activos digitales incluidos en el caudal hereditario, como criptomonedas o carteras de inversión online.

Planificación patrimonial: recomendaciones clave

1. Revisar el testamento y cláusulas de legítima a la luz de los nuevos plazos y exenciones.
2. Evaluar la conveniencia de donar bienes en vida para aprovechar incentivos fiscales.
3. Analizar la comunidad autónoma de residencia de los herederos para optimizar bonificaciones.
4. Digitalizar la documentación sucesoria y adoptar firma electrónica para agilizar la gestión.

Una asesoría especializada en herencias y patrimonio es fundamental para aplicar estas novedades con seguridad y minimizar cargas fiscales inesperadas.